Índice de Contenidos
- 1 ¿En qué consisten las ayudas al autoconsumo industrial en Galicia?
- 2 ¿Quiénes son los beneficiarios de estas ayudas?
- 3 Presupuesto de las subvenciones para instalar placas solares y baterías en empresas de Galicia
- 4 ¿Cuándo se abre el plazo de presentación de solicitudes?
- 5 Requisitos de las ayudas al autoconsumo fotovoltaico industrial en Galicia
- 6 ¿Qué documentación hay que presentar?
- 7 ¿Cuánto dinero se subvencionará en las instalaciones fotovoltaicas?
- 8 ¿Cómo calcular el importe de la subvención de autoconsumo fotovoltaico para empresas en Galicia?
El 29 de septiembre de 2021, la Xunta aprobó la convocatoria a las ayudas al autoconsumo industrial en Galicia para incentivar la instalación de placas solares en las empresas de la comunidad gallega y conseguir ahorros de 7 millones de euros en sus facturas.
El presupuesto total de las ayudas es de casi 20 millones de euros y está destinado a los programas 1, 2 y 3 dirigidos al autoconsumo y almacenamiento en baterías con fuentes de energía renovable en el sector servicios y sectores producticos.
Sigue leyendo para informarte de las subvenciones al autoconsumo industrial en Galicia para 2021-2023 de los fondos Next Generation EU.
¿En qué consisten las ayudas al autoconsumo industrial en Galicia?
La resolución de subvenciones para instalar placas solares y baterías en empresas de Galicia, fue publicada en el DOG del 6 de octubre de 2021. En ella, se convocan los incentivos para el autoconsumo industrial y almacenamiento en baterías acogidos al Real Decreto 477/2021 del 29 de junio, con los que se pretende contribuir al cumplimiento de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estos objetivos están alineados con diferentes programas que desarrolla la Xunta de Galicia, ya que se considera que la utilización de energía fotovoltaica y su almacenamiento eléctrico contribuirán a la descarbonización del sistema eléctrico.
Gracias a estos apoyos, se espera conseguir ahorros anuales de 65.000 MWh/año, así como una reducción de emisiones de 23.000 toneladas de CO2 al año, equivalente a la acción de 1.150.000 árboles
La entidad responsable de la ejecución de estos programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables, en la Comunidad Autónoma de Galicia, será la Agencia Instituto Energético de Galicia (Inega).
¿Quiénes son los beneficiarios de estas ayudas?
Podrán optar a este programa de ayudas al autoconsumo industrial:
- Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios al mercado, incluyendo entre otros:
- Los gestores de polígonos industriales
- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
- Empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos
- Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
- Sector público institucional.
- Entidades y organizaciones privadas sin ánimo de lucro.
Presupuesto de las subvenciones para instalar placas solares y baterías en empresas de Galicia
El presupuesto de esta convocatoria de ayudas con fondos europeos procedentes del mecanismo de recuperación y resiliencia tiene una cuantía de 19.807.118,00 euros con un reparto plurianual.
Año | Presupuesto |
2021 | 1.442.476 € |
2022 | 10.189.782 € |
2023 | 7.357.374 € |
2024 | 817.486 € |
Por otro lado, la dotación económica para instalar paneles fotovoltaicos industriales con o baterías en empresas de la Comunidad de Galicia es de 18.946.973 € y está destinado para ejecutar los programas de incentivos 1,2,3 que son los asignados al autoconsumo y almacenamiento industrial fotovoltaico.
Tipo de actuación | Presupuesto |
Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento. | 5.316.333 € |
Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. | 11.026.409€ |
Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. | 2.604.231€ |
¿Cuándo se abre el plazo de presentación de solicitudes?
El plazo de presentación de las subvenciones al autoconsumo industrial en Galicia comenzará las 9.00 horas del día 21 de octubre de 2021 y finalizará el 31 de diciembre de 2023.
Además, las solicitudes se realizarán únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega (www.inega.gal)
Requisitos de las ayudas al autoconsumo fotovoltaico industrial en Galicia
- Las ayudas de los programas de incentivos que se aprueban por este Real Decreto serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- No serán subvencionables los proyectos iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, en aplicación del efecto incentivador previsto en el artículo 6 del Reglamento (UE) núm. 651/2014.
- La concesión de estas ayudas se realizará en régimen de concurrencia no competitiva. Las solicitudes de ayuda presentadas en plazo y con los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en esta resolución de convocatoria se resolverán por orden de entrada en el registro de la solicitud y hasta el agotamiento del crédito.
- Solo será subvencionable las instalaciones de almacenamiento que no superen el ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2kWh/kW.
- De llegar a agotarse los fondos disponibles, las siguientes solicitudes presentadas se incluirán en un listado de espera; en el momento de la presentación, la aplicación informática informará de la posición que ocupa la solicitud en el listado de espera.
- Una vez evaluada la solicitud, la propuesta de resolución se elevará a la directora del Inega. El procedimiento de concesión se resolverá en el plazo máximo de 6 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
- El beneficiario podrá solicitar un anticipo una vez notificada la resolución de concesión y con la fecha límite del 30 de junio de 2024. Los interesados podrán solicitar un anticipo de hasta el 50 % del importe de la subvención concedida, en aquellos supuestos en que la inversión exija pagos inmediatos y sin que se supere la anualidad prevista en cada ejercicio presupuestario.
¿Qué documentación hay que presentar?
El Inega será el órgano competente para la instrucción del procedimiento administrativo de concesión de las subvenciones y corresponde a la persona titular de la dirección del Inega dictar las diferentes resoluciones que se deriven de dicho procedimiento.
La justificación de los destinatarios de la subvención se realizará en la página web del Inega (www.inega.gal), de manera electrónica mediante la aplicación informática:
- Solicitud de ayuda-anexo I.
- Autorización para la representación-anexo II.
- Presentación de la oferta del proyecto que se pretende llevar a cabo.
- Documentación complementaria:
- Autorización para la representación-anexo II.
- Oferta del proveedor de la actuación que se pretende llevar a cabo.
- Memoria técnica descriptiva.
- Documentación justificativa de la inversión.
Los interesados podrán consultar en la aplicación informática y en la Carpeta ciudadana-Mi sede, accesibles desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) el estado de sus solicitudes a medida que avanza la tramitación administrativa del expediente y la documentación presentada.
¿Cuánto dinero se subvencionará en las instalaciones fotovoltaicas?
Las ayudas se calculan en función valores fijos o módulos por la unidad de potencia de la instalación y cubrirán parcialmente los costes subvencionables.
Para las instalaciones fotovoltaicas nuevas (Programa de Incentivos 1 y 2 ) del sector industrial, las ayudas se calcularán siguiendo la siguiente tabla.
Los costes subvencionables unitarios máximos aplicables de forma adicional a los presentados en la tabla anterior son los siguientes:
Si la nueva instalación va a incorporar baterías, se añadiría una ayuda adicional con los siguientes valores en función de la potencia de la batería instalada:
En los programas de incentivos 1 y 2, La cuantía de ayuda se podrá incrementar en un 5% cuando las instalaciones se sitúen en municipios de hasta 5.000 habitantes, o en municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos urbanos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes.
Programa de incentivos 3 para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo ya existentes.
¿Cómo calcular el importe de la subvención de autoconsumo fotovoltaico para empresas en Galicia?
Ejemplo para calcular cuantía de subvención para instalaciones fotovoltaicas en empresas
Vamos a calcular la cuantía de la subvención que correspondería a diferentes empresas en función de los kWp de la instalación fotovoltaica que vayan a instalar y del tamaño de la empresa.
- Gran empresa con instalación de 150 kWp:
150 kWp x 749* €/kWp = 111.750 € le correspondería el 15% del coste subvencionable, es decir 11.175€
- Mediana empresa coninstalación de45 kWp:
45 kWp x 910* €/kWp = 40.950 € le correspondería el 25% del coste subvencionable, es decir 10.237 €
- Pequeña empresa con instalación de 9 kWp:
9 kWp x 1.188* €/kWp = 10.692€ le correspondería el 45% del coste subvencionable, es decir 4.811 €
Además, esta pequeña empresa, está localizada en la localidad coruñesa de Laxe, con menos de 5.000 habitantes. Por ese motivo, se le añadiría un 5% más al coste subvencionable de su instalación, es decir 534 €.
El coste subvencionable quedaría en 10.692€ + 534 €= 11.226 €
Ejemplo para calcular cuantía de subvención para baterías en empresas
Ahora vamos a calcular la subvención que correspondería al añadir baterías a instalaciones fotovoltaicas existentes. Se calcula en función de la capacidad de las baterías instaladas.
- Gran Empresa: Potencia de batería de 120 kWh.
120 kWh x 350* €/kWh = 42.000 € le correspondería el 45% del coste subvencionable, es decir 18.900 €
- Mediana Empresa: Potencia de batería de 80 kWh.
80 kWh x 500* €/kWh = 40.000 € le correspondería el 55% del coste subvencionable, es decir 22.000 €
- Pequeña Empresa: Potencia de batería de 7 kWh.
7 kWh x 700* €/kWh = 4.900 € le correspondería el 65% del coste subvencionable, es decir 3.185 €
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