Empresas de placas solares que han cerrado en España: qué hacer si es la tuya

En los últimos dos años han cerrado, entrado en concurso o reducido su actividad varias de las instaladoras más conocidas del autoconsumo en España. Si estás leyendo esto es probable que la tuya sea una de ellas y que ahora mismo no sepas a quién llamar. La buena noticia es que la mayoría de las empresas de placas solares que han cerrado dejan detrás instalaciones perfectamente recuperables: los equipos siguen teniendo garantía de fabricante, las subvenciones concedidas siguen siendo tuyas y la instalación se puede legalizar y mantener con otra empresa.

Lo que sí se pierde es el tiempo. Hay plazos administrativos que corren solos y que no esperan a que el concurso se resuelva. En esta guía tienes quién ha cerrado y cuándo, con la fuente de cada dato, qué pasa exactamente con tu instalación fotovoltaica, y los siete pasos que conviene dar en orden, empezando por el que tiene fecha límite.

Índice de contenidos
  1. Empresas de placas solares que han cerrado o entrado en concurso en España
  2. Por qué han cerrado tantas empresas de placas solares
  3. Qué pasa con tu instalación fotovoltaica si la empresa ha cerrado
  4. Paso 1: confirma qué le ha pasado de verdad a tu empresa de placas solares
  5. Paso 2: reúne toda la documentación de tus placas solares
  6. Paso 3: comprueba qué garantías de tus paneles solares siguen vigentes
  7. Paso 4: mira en qué punto está la subvención de tus placas solares
  8. Paso 5: verifica que tu instalación de autoconsumo está legalizada
  9. Paso 6: recupera el acceso a la monitorización de tu instalación solar
  10. Paso 7: decide si reclamar por tu instalación de placas solares y cómo
  11. Paso 8: elige quién se hace cargo de tus paneles solares a partir de ahora
  12. Preguntas frecuentes si tu empresa de placas solares ha cerrado

Empresas de placas solares que han cerrado o entrado en concurso en España

Este listado recoge solo situaciones publicadas por medios del sector o económicos, con su fecha. No es una lista de empresas buenas o malas: es un registro de hechos societarios, y cada caso es distinto. Un preconcurso no es un concurso, y un concurso no es necesariamente un cierre.

  • SolarProfit. Anunció un preconcurso de acreedores y un ERE para el 90% de su plantilla en abril de 2024, según pv magazine. En enero de 2026 la Audiencia Provincial de Barcelona tumbó la homologación de su plan de reestructuración, y en marzo de 2026 la compañía activó un nuevo proceso, según elEconomista.
  • Sunalizer. Cesó su actividad en abril de 2024. Lo publicó pv magazine en la misma pieza en la que informaba del ERE de SolarProfit.
  • Sunhero. Sunhero y Sunhero Instalaciones entraron en concurso de acreedores en marzo de 2025, según Alimarket.
  • SolarMente. Entró en concurso de acreedores en abril de 2026, según recogió pv magazine.
  • Solfy. En septiembre de 2026 comunicó que se acogía al preconcurso de acreedores para renegociar su deuda y buscar un inversor, según elEconomista. Conviene subrayarlo: el preconcurso es una fase de negociación protegida, no un cierre, y la empresa puede seguir operando con normalidad. Si eres cliente suyo, lo primero es contactar con ellos.

A esta lista habría que sumar varias comercializadoras y grandes grupos energéticos que han reducido o reorientado su oferta de autoconsumo residencial sin cerrar la empresa. No es lo mismo y por eso no los metemos en el mismo saco: si tu contrato es con una de ellas, la sociedad sigue existiendo y sigue obligada, aunque el servicio se haya vuelto más lento.

Revisamos este listado cada seis meses. Si tienes constancia de un caso documentado que falta, o de una empresa que ha salido adelante y sigue aquí, escríbenos y lo corregimos.

Por qué han cerrado tantas empresas de placas solares

Entender el motivo ayuda a saber qué esperar de tu caso. No ha sido un problema de la tecnología, que funciona mejor y más barata que nunca. Ha sido un problema de modelo de negocio, y se explica por cuatro cosas que ocurrieron casi a la vez.

  • El pico de 2022 no era la normalidad. Con el precio de la luz disparado, la demanda de autoconsumo se multiplicó y muchas empresas dimensionaron su estructura para ese pico. Cuando la factura se moderó, la demanda volvió a su cauce y esa estructura se quedó grande.
  • Crecer con dinero de fuera y márgenes finos. Buena parte de las instaladoras que han caído eran compañías financiadas por rondas de inversión, con mucho gasto en captación de clientes y un margen por instalación muy ajustado. En cuanto se cerró el grifo de la financiación, el modelo dejó de sostenerse.
  • Subcontratar la instalación. Varios de estos modelos eran comercializadores que vendían y subcontrataban el montaje. Es rápido para crecer y frágil para el postventa, porque cuando aparece una incidencia nadie tiene claro quién responde.
  • Las subvenciones y su calendario. Los fondos europeos movieron mucha obra en poco tiempo y luego se agotaron, y las tramitaciones largas dejaron a muchas empresas cobrando tarde. Un negocio con el cobro a doce meses y el pago a proveedor a treinta días aguanta poco.

La consecuencia práctica para ti: si tu instalación la hizo una empresa que subcontrataba, es probable que el equipo que subió a tu tejado siga trabajando y que la instalación esté bien hecha. El problema suele estar en los papeles y en el postventa, no en el material.

Qué pasa con tu instalación fotovoltaica si la empresa ha cerrado

Conviene separar bien lo que se pierde de lo que no, porque el susto suele ser mayor que el daño real. Esto es lo que sigue en pie:

  • Tu instalación es tuya y sigue produciendo. La propiedad de los equipos no entra en el concurso de la empresa que los montó, siempre que estén pagados. Nadie va a ir a tu casa a desmontar unos paneles solares.
  • La garantía del fabricante sigue viva. La garantía de producto y de rendimiento del panel, del inversor y de la batería la da el fabricante, no la instaladora, y no depende de que esta siga existiendo.
  • La subvención concedida sigue siendo tuya. Está a tu nombre, no al de la empresa. Lo que hace falta es cambiar quién te representa en el expediente.
  • La deducción del IRPF también. Depende de que la obra cumpla los requisitos, no de qué empresa la ejecutó.

Y esto es lo que sí se puede complicar:

  • La garantía de la instalación, es decir la del trabajo de montaje, sí depende de la empresa que lo hizo. Si está en liquidación, en la práctica esa vía queda cerrada y lo que toca es una revisión técnica para saber en qué estado está todo.
  • Los trámites a medias. Certificado de instalación, boletín, alta en industria o contrato de compensación de excedentes sin firmar son el problema más habitual, y el que más dinero cuesta si no se detecta.
  • El acceso a la monitorización, que casi siempre está creado dentro de la cuenta de instalador de la empresa y no a tu nombre.
  • El dinero que le hubieras adelantado. Si pagaste a cuenta una instalación que no llegó a terminarse, eso sí es un crédito contra la empresa y va por la vía concursal.

Paso 1: confirma qué le ha pasado de verdad a tu empresa de placas solares

Antes de mover nada, comprueba en qué situación está exactamente. La diferencia cambia por completo lo que te conviene hacer, y el boca a boca suele exagerar:

  • Preconcurso: la empresa ha comunicado al juzgado que negocia con sus acreedores y gana unos meses de protección. Sigue operando y sigue obligada contigo. Aquí lo sensato es insistir por escrito antes de buscar alternativa.
  • Concurso de acreedores: hay un administrador concursal nombrado. La empresa puede continuar la actividad o ir a liquidación. Es el momento de comunicar tu crédito si te deben algo.
  • Liquidación o cese: la actividad ha terminado. Aquí ya no hay a quién reclamar servicio y toca reorganizarse con otra empresa.

Para salir de dudas con datos y no con rumores, tienes el Registro Público Concursal y el BORME, que son gratuitos y públicos. Busca la razón social exacta que aparece en tu contrato y en tus facturas, no el nombre comercial, porque muchas veces no coinciden y hay grupos con varias sociedades.

Deja constancia también de tus intentos de contacto: un burofax o un correo con acuse a la dirección social que figura en el contrato vale mucho más que diez llamadas sin respuesta si más adelante hay que reclamar.

Paso 2: reúne toda la documentación de tus placas solares

Esto es lo que va a pedirte cualquier empresa que se haga cargo, y también lo que necesitarás para una reclamación. Si te falta algo, no te bloquees: casi todo se puede reconstruir.

  • Contrato y facturas de la instalación, con la razón social y el CIF de quien te la vendió.
  • Memoria técnica o proyecto, con el esquema unifilar y la potencia instalada en kWp.
  • Fichas técnicas y números de serie de los paneles, del inversor y de la batería si la tienes. El número de serie del inversor es la llave para recuperar la monitorización.
  • Certificado de instalación eléctrica, el boletín sellado por industria, y el certificado de fin de obra si lo hubo.
  • Resolución de concesión de la subvención si la solicitaste, con su fecha. Este documento es el más importante de la lista.
  • Contrato con la comercializadora donde se recoja la compensación de excedentes, y una factura de la luz reciente para ver si de verdad te la están aplicando.
  • Certificados de eficiencia energética anterior y posterior a la obra, si se hicieron, que son los que sostienen la deducción del IRPF.

Si no localizas el boletín ni el certificado de instalación, se pueden pedir al registro de industria de tu comunidad autónoma, porque ahí es donde se presentaron. Y si nunca llegaron a presentarse, ya has encontrado el problema principal de tu instalación.

Paso 3: comprueba qué garantías de tus paneles solares siguen vigentes

Aquí hay una confusión que cuesta dinero. En una instalación fotovoltaica conviven tres garantías distintas y solo una depende de la empresa que hizo el montaje:

  • Garantía de producto del fabricante: cubre defectos del panel, del inversor o de la batería. Suele ir de 10 a 15 años en paneles según marca, en torno a 10 años en inversores y algo similar en baterías. La da el fabricante y sigue viva aunque tu instaladora no exista.
  • Garantía de rendimiento: el fabricante del panel garantiza un porcentaje mínimo de producción a los 25 o 30 años. También es suya, no de la instaladora.
  • Garantía de la instalación: cubre el trabajo de montaje y sí es de la empresa que lo ejecutó. Es la única que se ve realmente afectada por un cierre.

Para activar una garantía de fabricante no basta con llamar tú. Hace falta una empresa instaladora habilitada que diagnostique, abra el parte con el fabricante, lo defienda técnicamente y ejecute la sustitución. Es un trabajo que se factura, pero el equipo nuevo lo pone el fabricante.

Paso 4: mira en qué punto está la subvención de tus placas solares

Este es el paso urgente y por eso conviene hacerlo el mismo día. Todos los demás pueden esperar una semana; este no, porque es el único con una fecha límite que corre sola.

Busca la resolución de concesión y mira su fecha. A partir de ahí abre uno de estos dos escenarios:

  • Concedida y sin justificar: hay fondos reservados a tu nombre y un plazo para presentar la documentación justificativa. Si vence sin presentarla, la ayuda decae y no hay recurso que valga. Dentro de ese plazo, otra empresa instaladora puede asumir la representación y presentarla.
  • Solicitada con un requerimiento sin contestar: la Administración pidió subsanar algo y nadie respondió. Mientras el trámite siga vivo se puede reactivar, pero cada semana cuenta.

El documento que suele bloquearlo todo es el informe justificativo, porque solo lo puede redactar y firmar una empresa instaladora. Si la tuya ya no está, necesitas otra que lo asuma, y eso es justamente lo que hacemos en nuestro servicio de subvención y mantenimiento cuando tu instalador no responde.

Y si lo que quieres es saber qué convocatorias siguen abiertas en tu comunidad autónoma para una instalación nueva o una ampliación, las tienes recogidas y actualizadas en la página de subvenciones para placas solares.

Paso 5: verifica que tu instalación de autoconsumo está legalizada

Una instalación puede llevar dos años produciendo y no estar legalizada. Pasa más de lo que parece, y el cliente no se entera hasta que pide la subvención, vende la casa o mira de verdad su factura. Estos son los cuatro puntos que hay que dar por buenos:

  • Certificado de instalación eléctrica emitido por un instalador autorizado y sellado en el registro de industria de tu comunidad autónoma.
  • Declaración responsable o licencia municipal de la obra, según lo que pidiera tu ayuntamiento en su momento.
  • Alta como instalación de autoconsumo ante la distribuidora, con su modalidad correcta.
  • Contrato de compensación de excedentes firmado con la comercializadora. La comprobación más rápida es mirar una factura: si no aparece ninguna línea de compensación, estás regalando lo que viertes a la red.

Cuando falta alguno de estos pasos, la instalación se puede legalizar después sin desmontar nada, aunque requiere rehacer documentación técnica. Explicamos el procedimiento completo en la guía sobre cómo legalizar una instalación fotovoltaica.

Paso 6: recupera el acceso a la monitorización de tu instalación solar

La monitorización no es un capricho: es la única forma de saber si tu instalación produce lo que debería. Sin ella, un inversor con un string caído puede estar costándote un 30% de producción durante meses sin que nadie lo note.

El problema típico es que la planta se creó dentro de la cuenta de instalador de la empresa que la montó, así que la titularidad es suya y tú solo tienes una vista de invitado, o directamente ninguna. Todos los fabricantes grandes tienen un procedimiento para traspasar la planta al propietario, y hacen falta el número de serie del inversor y acreditar que la instalación es tuya con el contrato o la factura.

Merece la pena hacerlo aunque no vayas a contratar mantenimiento con nadie. Con la planta a tu nombre puedes comparar tu producción mes a mes y detectar tú mismo una caída rara, que es la señal de alarma más útil que vas a tener.

Paso 7: decide si reclamar por tu instalación de placas solares y cómo

Reclamar tiene sentido cuando hay dinero de por medio: un anticipo pagado por una instalación que no se terminó, un equipo que no se llegó a entregar o una obra mal ejecutada. Si lo único que ha pasado es que te has quedado sin servicio postventa, la reclamación te va a dar menos que reorganizarte con otra empresa.

  • Si la empresa está en concurso, tu deuda se comunica al administrador concursal. El plazo habitual para comunicar créditos es de un mes desde la publicación del concurso en el Boletín Oficial del Estado, así que lo primero es localizar esa publicación y confirmar la fecha exacta.
  • Si pagaste con financiación vinculada, revisa el contrato de préstamo. Cuando la financiación se contrató a través de la propia instaladora existen vías específicas frente a la financiera, y ahí conviene asesorarse antes de seguir pagando cuotas por su cuenta.
  • Si pagaste con tarjeta, pregunta en tu banco por los plazos de reclamación de cargos, que son cortos pero existen.
  • Vía de consumo: hoja de reclamaciones y organismo de consumo de tu comunidad autónoma. Es lenta y poco eficaz frente a una empresa en concurso, pero deja constancia.

Esto es información general y no asesoramiento jurídico. Si la cantidad en juego es relevante, habla con un abogado antes de dar ningún paso, sobre todo si hay financiación de por medio.

Paso 8: elige quién se hace cargo de tus paneles solares a partir de ahora

Al final del recorrido necesitas una empresa que asuma la instalación: que la revise, que tramite lo que quede pendiente y que esté ahí dentro de cinco años. Estos son los criterios que de verdad separan a unas de otras, y todos se pueden comprobar antes de firmar:

  • Que instale con equipo propio y no subcontrate. Pregunta directamente quién sube al tejado y de quién es la nómina. Es el factor que mejor predice cómo va a ser el postventa.
  • Que tramite en casa las subvenciones y las legalizaciones, en lugar de externalizarlas a una gestoría que no responde de los plazos.
  • Que acepte revisar una instalación ajena antes de venderte nada. Quien solo quiere venderte una instalación nueva no te está resolviendo el problema que tienes.
  • Que tenga recorrido y cuentas. Mira los años de actividad y, si quieres hilar fino, las cuentas depositadas en el Registro Mercantil. Una empresa con quince años de historia y crecimiento sin sobresaltos es más aburrida y bastante más segura que una startup en su tercera ronda.
  • Que te dé un informe escrito del estado de la instalación antes de proponerte un plan de mantenimiento, y no al revés.

Si te estás planteando además ampliar lo que tienes, con batería o con más potencia, primero conviene entender bien cómo funciona la instalación actual, y para eso tienes nuestra guía sobre el autoconsumo fotovoltaico.

Para el día a día de una instalación ya en marcha, qué se revisa en cada visita y cada cuánto tiene sentido hacerlo, lo explicamos en la guía de mantenimiento de paneles solares.

Preguntas frecuentes si tu empresa de placas solares ha cerrado

¿Me pueden quitar las placas solares si la empresa que las instaló quiebra?

No, siempre que estén pagadas. Los equipos son tuyos desde que los abonaste y no forman parte de la masa del concurso de la instaladora. Distinto es si la instalación se contrató en régimen de alquiler o de renting, donde la propiedad es de la empresa arrendadora y hay que mirar qué dice ese contrato.

¿Quién responde de la garantía de mis paneles solares si la empresa ha cerrado?

El fabricante responde de la garantía de producto y de la de rendimiento del panel, del inversor y de la batería, con independencia de quién hiciera el montaje. La única garantía que se pierde en la práctica es la del trabajo de instalación, que sí era de la empresa que cerró. Para activar la del fabricante necesitas una instaladora habilitada que tramite el parte.

¿Puedo perder la subvención de mis placas solares si la instaladora ha desaparecido?

Solo si vence el plazo de justificación sin presentar la documentación. La ayuda está concedida a tu nombre, no al de la empresa, y mientras el plazo siga abierto otra instaladora puede asumir la representación y presentar la justificación, incluido el informe justificativo. Por eso el primer papel que hay que buscar es la resolución de concesión.

¿Otra empresa puede hacerse cargo del mantenimiento de una instalación fotovoltaica que no montó?

Sí, es habitual. Lo razonable es empezar por una revisión completa que deje por escrito el estado real de la instalación y su producción medida, y a partir de ese informe decidir el plan de mantenimiento. Firmar un mantenimiento sobre una instalación que nadie ha visto es comprar un papel.

¿Sigo teniendo derecho a la deducción del IRPF por mis placas solares?

Sí, porque la deducción depende de que la obra cumpla los requisitos y no de qué empresa la ejecutó. La más interesante es la del 60 por ciento de la inversión, con una base máxima de 5.000 euros al año y 15.000 euros en total, y exige certificado de eficiencia energética antes y después de la obra que acredite una reducción de al menos el 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable o una calificación A o B, con la obra terminada antes del 31 de diciembre de 2027. Lo tienes desarrollado en la guía de deducciones del IRPF por placas solares.

¿Cómo sé si mi instalación de autoconsumo está bien legalizada?

Los cuatro documentos que tienen que existir son el certificado de instalación eléctrica sellado en industria, la declaración responsable o licencia municipal, el alta como instalación de autoconsumo ante la distribuidora y el contrato de compensación de excedentes. La comprobación más rápida la tienes en tu factura de la luz: si no aparece ninguna línea de compensación, algo falta.

¿Y si la empresa está en preconcurso y no en concurso?

El preconcurso es una fase de negociación protegida, no un cierre, y la empresa sigue operando y sigue obligada contigo. Lo sensato es reclamar por escrito y darle margen. Ahora bien, si tienes un plazo de subvención corriendo, ese plazo no se detiene por la situación de nadie, así que conviene tener un plan B preparado antes de que sea tarde.

Juan Manuel del Val
Escrito por Juan Manuel del Val

Soy Graduado en Comercio y especialista en SEO en Isla Solar. Mi misión es facilitar el acceso a la energía solar y aerotermia mediante contenidos claros y optimizados.

David Alonso Reviriego
Revisado por David Alonso Reviriego

CEO y fundador de Isla Solar. Mi objetivo es democratizar el acceso a la energía solar para que el autoconsumo sea una realidad al alcance de todos.

¿Tienes alguna duda? Te asesoramos

Solicita una valoración personalizada

Recibe en menos de 72 horas nuestra oferta para instalar placas solares en tu vivienda o empresa.

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
TIPO DE INSTALACIÓN: